Para ser responsables con el paramo formalicemos la captacion el uso y el vertimiento de aguas::y cuales son mis derechos y deberes como usuario del agua en el paramo

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En noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoció el derecho de las personas a disponer de agua potable y de servicios básicos de saneamiento, siendo éste un derecho humano básico y un aspecto fundamental de la seguridad humana.


En Colombia para acceder al uso legal del agua en una vivienda y en las diferentes actividades para las cuales se necesita tan importante recurso, es indispensable que los usuarios realicemos el trámite de concesión de aguas ante la autoridad ambiental pertinente. Este es un requisito legal obligatorio para todos y es además el mecanismo para evitar que unos obtengan tan preciado líquido en detrimento de quienes, por no legalizarse, se invisibilizan y se pueden quedar sin agua.


Debemos tener en cuenta que a pesar de que la fuente de donde se toma el agua circule por el predio del usuario que la requiere, es fundamental contar con la concesión de aguas tal como lo dispone el Decreto 1541 de 1978. A su vez es indispensable que conozcamos que derivado del uso del recurso se genera el vertimiento de las aguas residuales resultantes después de utilizarla. Este vertimiento no debe llegar ni a las quebradas, ni al suelo, sino a pozos sépticos o a redes de alcantarillado. Para ello se requiere solicitar un permiso de vertimientos, excepto cuando los vertimientos se descargan al alcantarillado público.